Test de viabilidad — Ley de Segunda Oportunidad
Responde 4 preguntas y descubre en menos de 2 minutos si tu situación encaja con la Ley de Segunda Oportunidad. Sin promesas falsas, sin porcentajes inventados.
¿Cuál es tu situación profesional?
La Ley de Segunda Oportunidad solo aplica a personas físicas, nunca a sociedades.
Importe total de tus deudas
Aproximado, no necesitamos cifras exactas. Esto nos ayuda a evaluar la modalidad más adecuada.
Antecedentes y buena fe
Tres preguntas clave de los artículos 487 y 488 del TRLC. Tu honestidad ahora nos ahorra trabajo después.
¿Has sido condenado con sentencia firme, en los últimos 10 años, por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, falsedad documental, Hacienda Pública, Seguridad Social o derechos de los trabajadores?
Solo cuenta sentencia firme. Responder «sí» no descarta tu caso: el artículo 487.1.1º del TRLC añade condiciones sobre la pena impuesta y la responsabilidad ya satisfecha, y eso lo valora un abogado.
¿Has obtenido antes una exoneración de deudas (EPI) por auto judicial?
No cuentan refinanciaciones ni acuerdos privados, solo el auto judicial. El plazo legal depende de la modalidad (art. 488 TRLC).
¿Las deudas se generaron principalmente en los últimos 6 meses?
Esto puede indicar acumulación reciente que algunos juzgados analizan con lupa.
Analizando tu caso
Comprobando criterios del TRLC y la Ley 16/2022...
Esto solo dura 3 segundos...